Desarrollar (Programa Nacional de Promoción de Agregado de Valor en las PyMEs de Alimentos para el Desarrollo Regional)
#Ventanilla Única de Comercio Exterior - VUCE #Ministerio de Economía #Registros, Certificados y Constancias
DESARROLLAR (PROGRAMA NACIONAL DE PROMOCION DE AGREGADO DE VALOR EN LAS PYMES DE ALIMENTOS PARA EL DESARROLLO REGIONAL).
Para evaluar los proyectos se considerará, además de lo que se consigne en el Formulario de Registro, el impacto económico, tecnológico y social de los logros previstos. Y también la solvencia técnica existente para mantener, mejorar y/o aumentar la producción o elaboración encaradas.
“DESARROLLAR” brinda a las beneficiarias una asistencia económica, consistente en:
1. Reintegro equivalente como máximo hasta el CINCUENTA POR CIENTO (50%) del monto total de la inversión realizada, y con un límite de hasta PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 350.000), en mejoras en infraestructura, obras menores, adquisición de instalaciones y maquinaria para modernizar la línea de producción, insumos necesarios para modernización de procesos productivos y/o adquisición o adopción de tecnologías digitales para modernizar procesos y/o sistemas industriales y comerciales, así como el control de los mismos.
2. Cuando en el caso del punto anterior, la inversión prevista en el Proyecto guarde además relación directa con la implementación necesaria para lograr la certificación relativa al Certificado Oficial que le resulte aplicable, se podrá solicitar un reintegro adicional de hasta PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($150.000), incluidas las mejoras necesarias para su obtención, así como los gastos de certificación y/o auditoría relativa al Certificado Oficial respectivo, una vez obtenido y siempre que ello se hubiera consignado y solicitado en el formulario previsto en el Anexo I. de la presente, como requisito excluyente. En tal caso el límite máximo del reintegro contemplando ambas situaciones será el equivalente de hasta el CINCUENTA POR CIENTO (50%) del monto total de la inversión realizada, y con un límite de hasta PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000).