Locación de Buque Pesquero con CITC

#Ministerio de Economía


Las CITC serán transferibles total o parcialmente, en forma transitoria, en las condiciones generales establecidas por el CONSEJO FEDERAL PESQUERO y las condiciones que reglamente la Autoridad de Aplicación de acuerdo al régimen de cada especie. Las transferencias temporarias entre buques del mismo titular o grupo empresario están exentas del pago del Derecho de Transferencia, mientras se mantenga dentro del grupo. También están exentos los casos de reemplazo de buques del mismo titular registral.

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