Presentación de Informes de Interventores y Administradores Provisorios

#Superintendencia de Servicios de Salud - SSS #Ministerio de Salud


Los informes deben ser presentados por la persona designada, mediante Acto Administrativo, como interventor o administrador provisorio de un Agente del Seguro de Salud, en carácter propio, acorde a lo estipulado en su designación y a los efectos de comunicar a la Autoridad de Aplicación el detalle de la situación institucional de la entidad y su evolución administrativa y prestacional.
Los trámites TAD serán recepcionados por la Gerencia General de la Superintendencia de Servicios de Salud.

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