Sociedades de Capitalización y Ahorro – Tasa de Inspección

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Las entidades administradoras informarán el pago trimestral de la tasa establecida en el artículo 6°, apartado IV, de la Ley N° 11..672 (t.o. 1999) mediante boleta de depósito o transferencia bancaria (ver RG IGJ 21/2020).


Para llevar adelante el trámite se deberá:
1. Iniciar el trámite desde el usuario TAD de la Persona Jurídica. Al respecto puede consultar: http://www.jus.gob.ar/media/3307408/adhesi_n_de_personas_jur_dicas_a_tad_y_apoderamiento.pdf
2. Completar los Datos de Identificación de la Entidad y del pago de Tasa de Inspección. El número correlativo puede obtenerse en la Consulta de Trámites y Vistas, realizando una búsqueda por denominación: https://www2.jus.gov.ar/igj-vistas/Busqueda.aspx
3. Subir el Formulario y Comprobante de Pago del trámite Obligatorios.
4. Adjuntar copia del Comprobante de Pago de la Tasa de Inspección.
5. Adjuntar Declaración Jurada conforme Art. 14.2.b del Anexo “A”,  Resolución IGJ 08/2015.

Deberá previamente haber descargado el Formulario correspondiente ingresando a:
https://www2.jus.gov.ar/igj-formularios/Default.aspx;

y haberlo abonarlo según los siguientes medios de pago:
http://www.jus.gob.ar/igj/tramites/pago-formularios.aspx

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