Libre Disponibilidad por Fallecimiento del titular

#Ministerio de Salud #Agencia Nacional de Discapacidad - ANDIS


En caso de producirse el fallecimiento del beneficiario, es obligación de los herederos notificar dicho extremo, dentro de los treinta (30) días corridos de producido su deceso al Departamento Automotores, de la Agencia Nacional de Discapacidad. Con posterioridad a dicha notificación, deberá solicitarse el Certificado de Libre Disponibilidad acompañando toda la documentación que se detalla a continuación. .

DOCUMENTACION REQUERIDA: (la documentación marcada con * es de carácter obligatorio)

• Declaración Jurada. * - Se completa online

Nota solicitando la libre disponibilidad por fallecimiento del beneficiario, firmada por todos los herederos declarados en juicio. * Foto en formato digital.

Partida de defunción. * Foto en formato digital.

Verificación policial del automotor “formulario 12D” realizada por cualquiera de los coherederos. * Foto en formato digital.

Título del vehículo con la leyenda prevista por los artículos 5 y 9 de la Ley Nº 19279. * Foto en formato digital del anverso y reverso.

Declaratoria de herederos o su testimonio. * Foto en formato digital.

Libre deuda de patentes y comprobantes de pago, con posterioridad a la fecha de fallecimiento del beneficiario, en caso de corresponder. * Foto en formato digital.

Anverso y reverso del DNI de todos los herederos declarados tales en juicio sucesorio * Foto en formato digital.

Poder otorgado a terceros firmado ante escribano público, autoridad policial o juez de paz. Foto en formato digital.

Presentación del Símbolo Identificatorio del Automotor y del Certificado de uso en caso de poseer, los que serán dados de baja en el Sistema de Símbolos; en caso de pérdida o extravío deberá adjuntar la denuncia policial correspondiente. Foto en formato digital.

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