Franquicia Automotor para Particulares
#Ministerio de Salud #Agencia Nacional de Discapacidad - ANDIS
Ley Nº 19.279, modificatorias y Decreto N°1313/93, el objetivo es facilitar la adquisición de un automóvil para uso personal, a fin de favorecer el ejercicio de una profesión, estudios, u otras actividades. El beneficio que otorga esta norma es la posibilidad que se le da a una persona con discapacidad de comprar un vehículo nacional sin pagar el impuesto al valor agregado (IVA), o un automóvil importado, sin pagar el derecho de importación, las tasas de estadística por servicio portuario, impuestos internos y el valor agregado.
IMPORTANTE:
-En caso que la persona con discapacidad sea menor de edad, ingresar a la plataforma con
los datos del padre/madre/tutor.
-En caso que la persona con discapacidad requiera apoyo/curatela ingresar a la plataforma con los datos de su representante legal.
-En caso que la persona con discapacidad realice el trámite a través de un gestor, realizar el apoderamiento a través de la plataforma de Trámites a Distancia y antes de iniciar el trámite indicar que está representando a su poderdante.
-En la REFERENCIA del trámite indicar únicamente Nombre y Apellido de la Persona con Discapacidad.
DOCUMENTACION REQUERIDA: (la documentación marcada con * es de carácter obligatorio)
- DECLARACION JURADA* se completa online
- CERTIFICADO MEDICO CON DIAGNOSTICO ACTUALIZADO CON UNA ANTIGÜEDAD NO MAYOR A 6 MESES* - foto en formato digital.
- CONSTANCIA DE CAPACIDAD ECONOMICA EMANADA DE AFIP * - foto en formato digital
- FACTURA PROFORMA * - foto en formato digital.
Debe tratarse de un vehículo standard a la versión de menor precio de cada modelo, tanto de vehículos nacionales como importados. Los vehículos de doble tracción o Pick Up sólo se otorgan con carácter de excepción, la que debe ser probada con la documentación correspondiente. La misma debe consignar:
- MARCA
- MODELO
- VERSION
- TIPO DE CAJA
- TIPO DE COMBUSTIBLE
- CANTIDAD DE PUERTAS
EN EL CASO DE ADQUIRIR UN VEHICULO NACIONAL O DEL MERCOSUR DEBE FIGURAR
- VALOR REAL DEL VEHICULO
- IVA (21%) DESCONTADO DE ESE VALOR
- VALOR FINAL A ABONAR POR EL BENEFICIARIO
EN EL CASO DE ADQUIRIR UN VEHICULO IMPORTADO DEBE FIGURAR
- VALOR FOB DEL VEHICULO
- GASTOS DE FLETE Y SEGURO
- VALOR FINAL A ABONAR POR EL BENEFICIARIO
- PAIS DE ORIGEN
- PRIMEROS 9 DIGITOS DEL N° DE VIN DEL VEHICULO.
La factura proforma debe encontrarse firmada y sellada por el responsable de la concesionaria.
5. DNI DEL BENEFICIARIO DEL ANVERSO Y REVERSO * foto en formato digital
6. REGISTRO DE CONDUCIR VIGENTE DEL BENEFICIARIO DEL ANVERSO Y REVERSO – foto en formato digital.
7. PODER OTORGADO A TERCEROS FIRMADO ANTE ESCRIBANO PÚBLICO, AUTORIDAD POLICIAL O JUEZ DE PAZ – foto en formato digital
8. SENTENCIA DE LA CURATELA Y/O APOYO JUDICIAL Y ACEPTACIÓN DEL CARGO. O VENIA JUDICIAL– foto en formato digital
EN CASO QUE EL BENEFICIARIO NO CONDUZCA Deberá presentar, además:
- DNI DE UN FAMILIAR CONVIVIENTE DEL ANVERSO Y REVERSO – foto en formato digital
- REGISTRO DE CONDUCIR VIGENTE DEL FAMILIAR CONVIVIENTE DEL ANVERSO Y REVERSO – foto en formato digital.