Solicitud de Autorización de Establecimientos para Exportar animales o material reproductivo a terceros países
#Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria - SENASA #Ministerio de Economía
El presente trámite de habilitación es una exigencia del país de destino al cual exporta.
Los plazos para el otorgamiento de la autorización solicitada están supeditados al cumplimiento de cada una de las etapas, incluyendo la respuesta por parte del tercer país. Para ciertos países el trámite de autorización implica un pago de tasas o aranceles fijados por ese país cuya gestión está a cargo del usuario, igual que las posibles visitas de auditorías.
Aclaración: La obtención de la habilitación no implica la aprobación de la exportación de la mercancía.
1º Etapa: Verificación previo al inicio del trámite (por parte del usuario):
Antes de iniciar el trámite de solicitud de autorización del establecimiento, el usuario debe verificar la existencia de un acuerdo sanitario vigente para exportar a ese destino esa mercancía de interés a través de la página del SENASA enlace: http://vgs.senasa.gov.ar/expoimpo2/expo.php
En caso que haya acuerdo, el usuario debe:
1. Conocer las exigencias y utilizar el modelo de formulario de solicitud de habilitación y/o Cuestionario exigidos por el servicio veterinario del país de destino para el trámite, en caso de no conocerlo, contactarse con el mismo.
2. El establecimiento debe estar inscripto en el RENSPA (Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios).
3. El establecimiento debe contar con la habilitación de Senasa en caso que corresponda - por ejemplo Centros de semen y embriones.
4. El usuario no debe registrar deuda con el Organismo.
5. Cumplir con las condiciones exigidas por el país de destino.
2º Etapa: Logueo en AFIP y carga del Formulario de Solicitud en TAD:
Completar los campos requeridos en el trámite y adjuntar la documentación correspondiente (Nota, Formulario y/o Cuestionario solicitado por el país de destino).
3º Etapa: Verificación por parte del Senasa:
El veterinario de la Oficina local de Senasa correspondiente a la ubicación del establecimiento convalidará la información en el Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal (SIGSA) y programará con el interesado la realización de visita(s) de inspección (trámite arancelado) para verificar la información/documentación presentada.
4º Etapa: Evaluación por parte del país de destino :
Luego de la verificación in situ, el veterinario oficial emite su informe técnico y, en caso de ser satisfactorio, la información es remitida desde la sede central de Senasa al país de destino mediante las vías formales habituales.
El país de destino evaluará y aprobará o no la habilitación. El país de destino puede solicitar una visita de auditoría y/o corrección de no conformidades.