ADHESIÓN ACUERDO MARCO - Suspensión de la Prestación Laboral LCT - Prestación no Remunerativas

#Ministerio de Capital Humano


En el marco de la emergencia pública declarada por Ley N° 27.541, reglamentada por el Decreto N° 99 de fecha 27 de diciembre de 2019, y el aislamiento social, preventivo y obligatorio declarado por DECNU-2020-297-APN-PTE, que fuera sucesivamente prorrogado, las entidades gremiales podrán celebrar con las entidades empleadoras, acuerdos marco por suspensiones en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo, conforme a la excepción prevista en el DECNU-2020-329-APN-PTE, prorrogado por DECNU-2020-487-APN-PTE y DECNU-2020-624-APN-PTE. A fin de tornar aplicable los términos de dichos acuerdos marco, resultará indispensable que cada empresa adhiera al mismo mediante una nota que así lo refiera y en donde conste el listado de personal afectado dirigida a esta Cartera de Estado especificando los datos que permitan individualizar el plexo convencional y su resolución homologatoria.

Iniciar trámite