Inscripción al Registro de Seudónimos

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Este trámite contempla la inscripción de un nombre de fantasía.

RECUERDE QUE PARA PODER REALIZAR EL TRÁMITE RESULTA INDISPENSABLE TENER REGISTRADA UNA OBRA PUBLICADA ANTE LA D.N.D.A. BAJO UN SEUDÓNIMO. POR DISPOSICION 10-E/2017 SE EXIGE LOS SIGUIENTES REQUISITOS 1.- OBRA PUBLICADA 2.- INSCRIPTA EN LA DNDA.

Para llevar adelante el trámite se deberá:

  1. Completar el formulario.
  2. Subir la siguiente documentación obligatoria:

· Constancia de pago del trámite. El mismo tiene un valor de $ 2300 con tasa incluida, y debe efectuarse a la cuenta de CAPIF - Cámara Argentina de Productores Independientes Fonográficos, CUIT 30-52172973-9, CBU Nº: 01106004-20060000016335, Banco de la Nación Argentina Sucursal Plaza de Mayo.

3. Subir la siguiente documentación complementaria:

  • Constancia de CUIT/CUIL

· N° de registro de obra publicada ante la D.N.D.A.

· En caso de corresponder, copia de la documentación que acredite la personería invocada por apoderados o autorizados que actúen en representación de una persona humana, o copia de la constancia de haber presentado la mencionada documentación ante el Registro Único de Apoderados de la D.N.D.A.

Al finalizar, se otorgará un número de Expediente Electrónico. Si el seudónimo está disponible, en un plazo máximo de 30 días, se le remitirá el certificado de registro correspondiente. De no estar el mismo disponible o si no cumpliese algún otro requisito se le remitirá una tarea de subsanación, para poder completar el trámite.

Este trámite se encuentra alcanzado por las consideraciones establecidas en el inciso b) del Art. 10 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549, respecto del silencio con sentido positivo. El plazo estipulado para su configuración es de 60 días hábiles después de haber acreditado el cumplimiento de las condiciones previstas para el otorgamiento de la autorización administrativa.

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